Medidas tributarias para atender la crisis Covid-19

Desde Reserva Legal hacemos un recuento de las resoluciones y decretos que modifican los plazos de cumplimiento de sus obligaciones tributarias en virtud de la emergencia sanitaria declarada el pasado doce (12) de marzo de 2020 hasta el treinta (30) de mayo de 2020 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social.

1. Extensión de plazos para la renovación de la matrícula mercantil, y otros registros (Decreto 434 de 2020 – Presidencia de la República)

Mediante el citado decreto, se extiende hasta el 03 de julio de 2020 el plazo para:

  • Renovación de matrícula mercantil
  • RUNEOL y demás registros que integran el RUES
  • Registro de Entidades sin Ánimo e Lucro
  • Registro de Veedurías Ciudadanas
  • Registro Nacional de Turismo
  • Registro de Entidades Extranjeras del Derecho Privado sin Ánimo de Lucro

2. Extensión de plazos para renovar registro en el Registro Único de Proponentes (Decreto 434 de 2020 – Presidencia de la República)

Se establece que las personas inscritas en el Registro Único de Proponentes podrán renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de julio de 2020, es decir, el 07 de julio de 2020.

3. Extensión de plazo para la renovación de la afiliación a las Cámaras de Comercio (Decreto 434 de 2020 – Presidencia de la República)

Se establece que al renovación de la afiliación a las Cámaras de Comercio debe realizarse a más tardar el 03 de julio de 2020

4. Extensión de plazo para la declaración del impuesto sobre la renta y complementario por el año gravable 2019 (Decreto 435 de 2020 – Presidencia de la República)

4.1. Pago de la segunda cuota para Grandes Contribuyente

Último dígito del NITPlazo anteriorPlazo actual: hasta el día
014 de abril de 202021 de abril de 2020
915 de abril de 202022 de abril de 2020
816 de abril de 202023 de abril de 2020
717 de abril de 202024 de abril de 2020
620 de abril de 202027 de abril de 2020
521 de abril de 202028 de abril de 2020
422 de abril de 202029 de abril de 2020
323 de abril de 202030 de abril de 2020
224 de abril de 202004 de mayo de 2020
127 de abril de 202005 de mayo de 2020

4.2. Declaración y pago de la primera cuota para personas jurídicas y demás contribuyentes

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5. Extensión de plazo para declaración anual de activos en el exterior (Decreto 435 de 2020 – Presidencia de la República)

5.1. Para Grandes Contribuyentes

Último dígito del NITPlazo anteriorPlazo actual: hasta el día
96 al 0014 de abril de 202021 de abril de 2020
91 al 9515 de abril de 202022 de abril de 2020
86 al 9016 de abril de 202023 de abril de 2020
81 al 8517 de abril de 202024 de abril de 2020
76 al 8020 de abril de 202027 de abril de 2020
71 al 7521 de abril de 202028 de abril de 2020
66 al 7022 de abril de 202029 de abril de 2020
61 al 6523 de abril de 202030 de abril de 2020
56 al 6024 de abril de 202004 de mayo de 2020
51 al 5527 de abril de 202005 de mayo de 2020
46 al 5028 de abril de 202006 de mayo de 2020
41 al 4529 de abril de 202007 de mayo de 2020
36 al 4030 de abril de 202008 de mayo de 2020
31 al 354 de mayo de 202011 de mayo de 2020
26 al 305 de mayo de 202012 de mayo de 2020
21 al 256 de mayo de 202013 de mayo de 2020
16 al 207 de mayo de 202014 de mayo de 2020
11 al 158 de mayo de 202015 de mayo de 2020
06 al 1011 de mayo de 202018 de mayo de 2020
01 al 0512 de mayo de 202019 de mayo de 2020

5.2. Para personas jurídicas

Último dígito del NITPlazo anteriorPlazo actual: hasta el día
014 de abril de 202021 de abril de 2020
915 de abril de 202022 de abril de 2020
816 de abril de 202023 de abril de 2020
717 de abril de 202024 de abril de 2020
620 de abril de 202027 de abril de 2020
521 de abril de 202028 de abril de 2020
422 de abril de 202029 de abril de 2020
323 de abril de 202030 de abril de 2020
224 de abril de 202004 de mayo de 2020
127 de abril de 202005 de mayo de 2020

6. Extensión de plazo para declaración del impuesto sobre las ventas IVA (Decreto 435 de 2020 – Presidencia de la República)

Para los Grandes Contribuyentes y las personas naturales y jurídicas, cuyos ingresos brutos al treinta y uno (31) de diciembre del año gravable 2019 sean iguales o superiores a 92.000 UVT, equivalentes a $3’382.665.000 en el 2020, que realicen alguna de las siguientes actividades, tendrán como plazo máximo para pagar la declaración del impuesto sobre las ventas IVA del bimestre marzo – abril de 2020, hasta el 30 de junio de 2020. La fecha límite anterior se encontraba entre el 12 de mayo y el 26 de mayo de 2020

Las actividades a desarrollar para que aplique la extensión del plazo son las siguientes:

Últimos dígitos del NITPlazo anteriorPlazo actual: hasta el día
96 al 0014 de abril de 202021 de abril de 2020
91 al 9515 de abril de 202022 de abril de 2020
86 al 9016 de abril de 202023 de abril de 2020
81 al 8517 de abril de 202024 de abril de 2020
76 al 8020 de abril de 202027 de abril de 2020
71 al 7521 de abril de 202028 de abril de 2020
66 al 7022 de abril de 202029 de abril de 2020
61 al 6523 de abril de 202030 de abril de 2020
56 al 6024 de abril de 202004 de mayo de 2020
51 al 5527 de abril de 202005 de mayo de 2020
46 al 5028 de abril de 202006 de mayo de 2020
41 al 4529 de abril de 202007 de mayo de 2020
36 al 4030 de abril de 202008 de mayo de 2020
31 al 354 de mayo de 202011 de mayo de 2020
26 al 305 de mayo de 202012 de mayo de 2020
21 al 256 de mayo de 202013 de mayo de 2020
16 al 207 de mayo de 202014 de mayo de 2020
11 al 158 de mayo de 202015 de mayo de 2020
06 al 1011 de mayo de 202018 de mayo de 2020
01 al 0512 de mayo de 202019 de mayo de 2020

7. Exención de impuestos sobre la renta IVA de los siguientes bienes (Decreto 438 de 2020 – Presidencia de la República)

Por el término de duración del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, estarán exentos al impuesto sobre las ventas IVA los siguientes bienes, siempre que se sigan los lineamientos del citado decreto.

  1. Nebulizador
  2. Báscula pesa bebés
  3. Monitor de signos vitales
  4. Electrocardiógrafo
  5. Glucómetro
  6. Tensiómetro
  7. Pulsoximetro
  8. Aspirador de secreciones
  9. Desfibrilador
  10. Incubadora
  11. Lámpara de calor radiante
  12. Lámpara de fototerapia
  13. Bomba de infusión
  14. Equipo de órganos de los sentidos
  15. Bala de Oxígeno
  16. Fonendoscopio
  17. Ventilador
  18. Equipo de rayos X portátil
  19. Concentrador de oxígeno
  20. Monitor de transporte
  21. Flujómetro
  22. Cámara cefálica
  23. Cama hospitalaria
  24. Cama hospitalaria pediátrica

8. Extensión del plazo para el proceso de actualización en el Régimen Tributario Especial (Decreto 438 de 2020 – Presidencia de la República)

Se establece como nuevo plazo el 30 de junio de 2020

9. Modificación de la fecha de presentación de los estados financieros del año 2019 (Circular Externa 100-000003 del 17 de marzo de 2020 – Superintendencia de Sociedades)

Las nuevas fechas son las siguientes:

Código CIIUDescripción
5611Expendio a la mesa de comidas preparadas
5613Expendio de comidas preparadas en cafeterías
5619Otro tipos de expendio de comidas preparadas n.c.p
5639Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento
7911Actividades de las agencias de viaje
7912Actividades de operadores turísticos

10. Plazos para presentar las declaraciones bimestrales de retención en la fuente del Impuesto de Industria y Comercio para el 2020 (Resolución No. 2020032448632 del 24 de marzo de 2020 – Alcaldía de Medellín)

Últimos dos dígitos del NITPlazo máximo para el envío de información 2020Últimos dos dígitos del NITPlazo máximo para el envío de información 2020
01 – 05Martes 14 de abril51 – 55Martes 28 de abril
06 – 10Miércoles 15 de abril56 – 60Miércoles 29 de abril
11 – 15Jueves 16 de abril61 – 65Jueves 30 de abril
16 – 20Viernes 17 de abril66 – 70Lunes 04 de mayo
21 – 25Lunes 20 de abril71 – 75Martes 05 de mayo
26 – 30Martes 21 de abril76 – 80Miércoles 06 de mayo
31 – 35Miércoles 22 de abril81 – 85Jueves 07 de mayo
36 – 40Jueves 23 de abril86 – 90Viernes 08 de mayo
41 – 45Viernes 24 de abril91 – 95Lunes 11 de mayo
46 – 50Lunes 27 de abril96 – 00Martes 12 de mayo

11. Plazos para presentar declaraciones bimestrales de autorretención en la fuente (Resolución No. 2020032448632 del 24 de marzo de 2020 – Alcaldía de Medellín)

Último dígito del NITBimestre ene y feb hastaBimestre marz y abril hastaBimestre may y jun hastaBimestre jul y agosto hastaBimestre sept y oct hastaBimestre nov y dic hasta
0 o 911.05.202011.05.202013.07.202014.09.202017.11.202025.01.2021
8 o 712.05.202012.05.202014.07.202015.09.202018.11.202025.01.2021
6 o 513.05.202013.05.202015.07.202016.09.202019.11.202025.01.2021
4 o 314.05.202014.05.202016.07.202017.09.202020.11.202025.01.2021
2 o 115.05.202015.05.202017.07.202018.09.202023.11.202025.01.2021

La Resolución citada también establece nuevos plazos para lo siguiente:

  1. El pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros
  2. El pago del impuesto predial unificado
  3. Declaración y pago mensual del impuesto de degüello de ganado menor
  4. Declaración y pago mensual de la contribución especial
  5. Declaración y pago mensual de estampilla pro cultura

 

12. Plazos para presentar la declaración de industria y comercio y complementarios del año gravable 2019 (Resolución 2020031748418 del 16 de marzo de 2020 – Alcaldía de Medellín)

Último dígito del NITBimestre ene y feb hastaBimestre marz y abril hastaBimestre may y jun hastaBimestre jul y agosto hastaBimestre sept y oct hastaBimestre nov y dic hasta
0 o 911.05.202011.05.202013.07.202014.09.202017.11.202022.12.2020
8 o 712.05.202012.05.202014.07.202015.09.202018.11.202022.12.2020
6 o 513.05.202013.05.202015.07.202016.09.202019.11.202022.12.2020
4 o 314.05.202014.05.202016.07.202017.09.202020.11.202022.12.2020
2 o 115.05.202015.05.202017.07.202018.09.202023.11.202022.12.2020

13. Plazos para suministrar información anual y anual con corte mensual

13.1. Para Grandes Contribuyentes

Último dígito del NITHasta el día
115 de mayo de 2020
218 de mayo de 2020
319 de mayo de 2020
420 de mayo de 2020
521 de mayo de 2020
622 de mayo de 2020
726 de mayo de 2020
827 de mayo de 2020
928 de mayo de 2020
029 de mayo de 2020

13.2. Para personas jurídicas y naturales

Último dígito del NITFecha
015 de mayo de 2020
918 de mayo de 2020
819 de mayo de 2020
720 de mayo de 2020
621 de mayo de 2020
522 de mayo de 2020
426 de mayo de 2020
327 de mayo de 2020
228 de mayo de 2020
129 de mayo de 2020

14. Plazo para envío de información exógena para el año gravable 2020 (Resolución No 000027 del 25 de marzo de 2020)

La información correspondiente a los meses de febrero y marzo de 2020 debe ser presentada a más tardar el último día hábil del mes de mayo de 2020, es decir, el viernes 29 de mayo

Últimos dígitos del NITFecha
96 al 0001 de junio de 2020
91 al 9502 de junio de 2020
86 al 9003 de junio de 2020
81 al 8504 de junio de 2020
76 al 8005 de junio de 2020
71 al 7508 de junio de 2020
66 al 7009 de junio de 2020
61 al 6510 de junio de 2020
56 al 6011 de junio de 2020
51 al 5512 de junio de 2020
46 al 5016 de junio de 2020
41 al 4517 de junio de 2020
36 al 4018 de junio de 2020
31 al 3519 de junio de 2020
26 al 3023 de junio de 2020
21 al 2524 de junio de 2020
16 al 2025 de junio de 2020
11 al 1526 de junio de 2020
06 al 1030 de junio de 2020
01 al 0501 de junio de 2020

14. Plazo para envío de información exógena para el año gravable 2020 (Resolución No 000027 del 25 de marzo de 2020)

La información correspondiente a los meses de febrero y marzo de 2020 debe ser presentada a más tardar el último día hábil del mes de mayo de 2020, es decir, el viernes 29 de mayo

15. Pazo para envío de información relacionada con las operaciones de cambio realizadas con o a través de los intermediarios del mercado cambiario o a través de las cuentas corrientes de compensación (Resolución No 000027 del 25 de marzo de 2020)

La información correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2020 debe ser presentada a más tardar el último día hábil del mes de mayo de 2020, es decir, el viernes 29 de mayo

16. Plazo para envío de información relacionada en la declaración de cambio por compra y venta de manera profesional de divisas en efectivo y cheques de viajero (Resolución No 000027 del 25 de marzo de 2020)

La información correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2020 debe ser presentada a más tardar el último día hábil del mes de mayo de 2020, es decir, el viernes 29 de mayo

En caso de requerir información adicional, puede contactarnos al correo electrónico contacto@reservalegal.co.

Puede descargar aquí la noticia en formato pdf.

NormaLink directo
Decreto 434 de 2020 – Presidencia de la Repúblicahttps://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20434%20DEL%2019%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
Decreto 435 de 2020 – Presidencia de la Repúblicahttps://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20435%20DEL%2019%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
Decreto 398 de 2020https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20398%20DEL%2013%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
Decreto 438 de 2020 – Presidencia de la Repúblicahttps://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20483%20DEL%2026%20DE%20MARZO%20DE%202020.pdf
Circular Externa 100-000003 del 17 de marzo de 2020 – Superintendencia de Sociedadeshttps://www.supersociedades.gov.co/nuestra_entidad/normatividad/normatividad_circulares/Circular_100-000003_de_17_de_marzo_de_2020.pdf
Resolución 2020031748418 del 16 de marzo de 2020 – Alcaldía de Medellínhttps://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/pccdesign/medellin/Temas/Hacienda/Programas/Shared%20Content/Documentos/2020/RESOLUCION_Nro-2020031748418.pdf
Resolución No. 2020032448632 del 24 de marzo de 2020 – Alcaldía de Medellínhttps://www.medellin.gov.co/irj/go/km/docs/pccdesign/medellin/Temas/Hacienda/Programas/Shared%20Content/Documentos/2020/2020032448632-Resoluci%c3%b3n%20modificaci%c3%b3n%20parcial%20del%20calendario%20tributario%20(1).pdf
(Resolución No 000027 del 25 de marzo de 2020)https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000027%20de%2025-03-2020.pdf
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